XXXVIIIº SALÓN DE TUCUMÁN PARA EL ÁMBITO NACIONAL - FOTOGRAFÍA.




XXXVIIIº SALÓN DE TUCUMÁN PARA
EL ÁMBITO NACIONAL - FOTOGRAFÍA
Noviembre de 2009

El Ente Cultural de Tucumán, a través de la Dirección de Artes Visuales, convoca a participar del XXXVIIIº SALÓN DE TUCUMÁN PARA EL ÁMBITO NACIONAL – FOTOGRAFÍA, a realizarse en el Museo Provincial de Bellas Artes ¨Timoteo E. Navarro¨ en el año 2009.
Los objetivos del Salón son esencialmente:
· Apoyar la actividad de los artistas de todo el país, a través de un certamen abierto y gratuito que estimule la creación, desarrollo y producción basados en la apropiación, recreación y representación del imaginario local, regional y nacional.
· Difundir la obra de todos los artistas, tanto consagrados como las de aquellos de indudable talento que todavía no hayan recibido apoyo de instituciones públicas ó privadas, facilitando su acceso a los circuitos nacionales y en su ámbito de origen.
· Contribuir al desarrollo de una identidad, que sometida de manera permanente a un proceso de cuestionamiento y reconstrucción es motivo de producción artística.
El Salón se regirá por el siguiente Reglamento:
Art. 1- Convocatoria
Podrán participar todos los fotógrafos aficionados o profesionales argentinos y extranjeros con un mínimo de dos años de residencia permanente en el país, mayores de 18 años (cumplidos a la fecha de inscripción), esta última información deberá ser acreditada mediante fotocopia del DNI, pasaporte o Cédula de Identidad.
Art. 2- Admisión de obras:
a) Serán recibidas aquellas obras cuya producción y resolución sea eminentemente fotográfica, cualquiera sea su técnica y procedimiento. La temática será libre y se deberán presentar cuatro piezas fotográficas coherentes entre sí.
Art. 3- No admisión
No se admitirán las siguientes obras:
a) Las que no se ajusten al presente reglamento.
Las que hayan participado en salones nacionales, provinciales, regionales, municipales o en cualquier otro de índole competitiva.
b) Las anónimas ó de fotógrafos fallecidos.

c) Las que no se encuentren listas para ser expuestas o llegasen con serio deterioro o en malas condiciones para su exhibición.
d) Las que fueran impresas sobre materiales precarios o perecederos en el corto plazo, tales como fotocopias, ploteos sencillos o impresiones domésticas de tipo laser o inyección de tinta, etc.
e) Los polípticos cuando las partes que los compongan no se integren en estrecha relación de unidad de tema y procedimiento.
f) Las obras que excedan 1,50 m. en cualquiera de sus lados incluyendo el marco. (En el caso de polípticos la suma de sus partes no deberá superar estas medidas).
g) Las que llegasen fuera de término.
h) Las que necesiten de un montaje particular y el mismo no fuera especificado gráficamente por el autor (ya que no se permitirá el ingreso de ningún artista al recinto de reunión del jurado).
i) Las de funcionarios o empleados del Ente Cultural de Tucumán, sus cónyuges y parientes por consaguinidad ó afinidad (en línea ascendente, descendente ó colateral) hasta el segundo grado inclusive.
j) Las de personas vinculadas a cualquier integrante de los jurados por la relación de parentesco descripta precedentemente.

Art. 4 - Recepción de obras
a) Los participantes deberán enviar sus obras entre el 15 de septiembre y el 31 de Octubre del corriente año (para los artistas que envíen sus obras por correo ó empresa de transporte se contemplará como fecha límite el 31/10/09 en el sello postal ó guía de transporte) indicando: XXXVIIIº SALÓN DE TUCUMÁN PARA EL ÁMBITO NACIONAL – FOTOGRAFÍA. Las mismas se enviarán al Museo Provincial de Bellas Artes ¨Timoteo E. Navarro”, 9 de julio 44, 4000, S. M. de Tucumán, Tel: 0381-4227300 y deberán ser acompañadas por una carpeta A4 que contenga lo siguiente en folios individuales:

-Formulario completo y firmado que figura en el sitio http://www.tucumanescultura.gov.ar/, el cual tendrá carácter de Declaración Jurada.
-Currículum vitae (CV) impreso en una hoja A4, abreviado y redactado que no supere los mil ochocientos caracteres (con espacios), escrito en fuente Arial de cuerpo 12, sin diseños especiales ni logotipos.
-Un retrato (fotográfico) del artista de 10 x 15 cm.
-Fotocopia del DNI, pasaporte o Cédula de Identidad.
-Una fotografía impresa a color en papel brillante de formato 10 x 15 cm de cada obra presentada especificando al dorso de las mismas: Nombre y Apellido del autor, Nombre de la obra, Técnica, Medidas con y sin marco,

Año de ejecución, Año de impresión, Dirección, Localidad, Teléfono, e-mail , página web –si la tuviera- y firma de su autor (idem a la obra)

-Un CD en sobre de papel y adherido a la contratapa de la carpeta que contenga todos estos elementos en formato digital: los textos en formato Word (.doc); y las imágenes en formato JPEG (.jpg). El retrato del artista (en 10x15 cm) y las obras presentadas en todos los casos con una resolución 300 ppi.
-Las carpetas recibidas por el Museo no serán devueltas.
b) Al dorso de cada obra deberá adherirse un rótulo para su identificación con los siguientes datos: Nombre y Apellido del autor, Nombre de la obra, Técnica, Medidas con y sin marco, Año de ejecución, Año de impresión, Dirección, Localidad, Teléfono, e-mail , página web –si la tuviera- y firma de su autor.
c) En cada caso se expedirá un recibo que servirá para la devolución de la obra, que se efectuará en el mismo lugar de recepción y que deberá ser presentado indefectiblemente en el momento de retirarla. En el caso de las obras enviadas y retiradas por empresas de transporte la guía ó remito de las mismas tendrá el valor de recibo.
d) El artista deberá contemplar las condiciones de montaje de su obra, ya que no serán admitidas aquellas que no estén debidamente acondicionadas para su exhibición.
e) Los gastos que demanden el envío y el retiro de las obras como así también los seguros y embalajes correrán por cuenta de los artistas participantes. Cada artista se hará cargo del retiro de las obras en forma personal o a través de terceros designado por él.
f) Para la admisión de las obras bastará la simple mayoría de votos de los miembros del jurado.
g) Todas las obras seleccionadas serán expuestas.


Art. 5- Selección y Premiación de obras
a) La selección de obras que serán expuestas en el Salón y que participarán de la siguiente instancia de premiación, será efectuada mediante el voto de los miembros del jurado de selección y premiación designados por el Ente Cultural de Tucumán, la Facultad de Artes de la Universidad Nacional de Tucumán y la Representación del Gobierno de Tucumán en Buenos Aires. Se reunirán en el Museo Provincial de Bellas Artes "Timoteo E. Navarro" salvo razones de fuerza mayor.
b) El jurado juzgará a las fotografías individualmente, pero considerando el conjunto presentado, siendo una sola la obra premiada y quedando a criterio del autor la posibilidad de donar las tres restantes.


c) El voto de los jurados será obligatorio y su decisión, por simple mayoría de votos, será inapelable.
d) El jurado está facultado para otorgar menciones honoríficas en el caso que lo estimara conveniente.
e) Si por razones imponderables, alguno/s de los miembros del jurado no pudiera/n estar presentes, tanto en la etapa de selección como en la de premiación, corresponderá exclusivamente a la Dirección de Artes Visuales del Ente Cultural de Tucumán designar a su reemplazante o disponer la continuidad de la actividad con los jurados presentes en ese momento.
f) Una vez que el jurado determine los premios y menciones labrará el acta pertinente.

Art.7- Régimen de premios:
a) Los premios son irrenunciables y su importe indivisible.
b) Este Salón otorgará los siguientes premios:

-1º Premio Adquisición del Ente Cultural de Tucumán: $ 15.000.- y Diploma.
-2º Premio Adquisición de la Caja Popular de Ahorros: $ 8.000.- y Diploma.
-1º Mención: Diploma.
-2º Mención: Diploma.
-3º Mención: Diploma.
- Mención Especial del Jurado: Diploma.

Art. 8 - Destino de los premios:
a) El Primer Premio Adquisición pasará a integrar el patrimonio artístico del Museo Provincial de Bellas Artes "Timoteo E. Navarro".
b) El Segundo Premio Adquisición formará parte del acervo artístico de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán.
c) Los participantes con obras seleccionadas ceden los derechos de uso en forma gratuita, en cualquier tipo de soporte, con fines exclusivos de información y difusión periodística y cultural de este Salón y otros futuros, dentro de los límites establecidos por la ley 11.723, dejándose expresa constancia de que se respetarán los derechos sobre autoría que dicha ley establece. Cualquier otro uso será acordado entre el Ente Cultural de Tucumán o la Caja Popular de Ahorros de la Provincia de Tucumán (en el caso del segundo premio) y el autor de la obra en cuestión y deberá ser autorizado fehacientemente por este último. En todos los casos se velará para que terceros no hagan uso de las imágenes presentadas en este certamen.

Art. 9 - Custodia de las obras:
a) El Ente Cultural de Tucumán tomará todas las precauciones para que las obras sean devueltas en el mismo estado en que hayan sido recibidas, pero no se responsabiliza por ningún deterioro, extravío, destrucción, pérdida, incendio, robo, hurto, daños totales o parciales ocasionados a/o por terceros, casos fortuitos, de fuerza mayor y cualquier otro siniestro ocurrido a la obra entregada en depósito.
b) La eventual contratación de seguros correrá por cuenta de cada autor.
c) Las obras seleccionadas (con excepción de las premiadas) deberán ser retiradas del Museo a partir del primer día hábil posterior a la clausura del Salón y por el término de treinta días corridos. Expirado este plazo las obras pasarán a disponibilidad del Ente Cultural de Tucumán, que decidirá el destino de las mismas, caducando cualquier tipo de derecho a reclamo por parte del autor.

Art. 10- Aceptación del presente reglamento:
a) Todo caso no previsto en el reglamento será resuelto por el Ente Cultural de Tucumán, cuya resolución e interpretación será definitiva e irrevocable.
b) La sola presentación al Salón implica el total conocimiento y aceptación por parte del artista del presente reglamento.
Las fichas de inscripción tienen carácter de declaración jurada.

Art. 11- Fechas y Plazos
-Recepción de obras: 15 de septiembre al 31 de octubre de 2009.
-Reunión del Jurado de selección y Premiación: 9 y 10 de noviembre de 2.009.
-Inauguración de la exposición de las obras seleccionadas: 13 de Noviembre de 2.009, 20.30 hs, Sala principal del Museo Provincial de Bellas Artes "Timoteo E. Navarro", 9 de julio 44, S. M. de Tucumán.
-Clausura: 29 de Noviembre de 2.009.
-Devolución de obras: 1º al 30 de Diciembre de 2009.
Lugares de información:
Toda información referida al XXXVIIIº SALÓN DE TUCUMÁN PARA EL ÁMBITO NACIONAL – FOTOGRAFIA, como también formularios de inscripción, bases y reglamento, serán consultados e impresos a partir del sitio http://www.tucumanescultura.gov.ar/. Por cualquier consulta adicional podrán dirigirse al Museo Provincial de Bellas Artes ¨Timoteo E. Navarro¨, 9 de julio 44 – S. M. de Tucumán – Tel. 0381-422-7300
museotimoteonavarro@tucumanescultura.gov.ar

Una ley de medios no declamatoria - Carta a Gabriel Mariotto, titular del COMFER



Una ley de medios no declamatoria

Carta a Gabriel Mariotto, titular del COMFER

Por Juan Carlos Cirilo






Agradecidos por la oportunidad de poder expresar nuestras ideas con absoluta libertad, decimos inmediatamente que lejos de creer que somos portadores de verdades indiscutibles, intervenimos con la única intención de promover el debate sobre un tema específico del proyecto que, a nuestro juicio, es insuficiente desde el punto de vista argumentativo y explicativo.La ley no parece ser magnánima con los pobres. ¿Cuáles son los criterios que ha llevado a esta decisión?


No se comprende porqué en el proyecto que nos ocupa no se pueden encontrar las razones que están en la base de una distribución de recursos que, en nuestra opinión es arbitraria e inequitativa. Sobretodo porque consideramos insuficientes, por parciales y genéricas, las razones políticas expresadas en el capítulo IX –art. 136, en el que solo se habla de la promoción y defensa de la Industria Audiovisual Nacional.


La redacción del art. 85 aparece desprovista de comentarios o explicaciones que nos permitan comprender las razones o los criterios que ha seguido el legislador para asignar partidas a esto o aquello.


Por mandato de ese artículo se destina el 33% del total de lo recaudado a gastos administrativos, de gestión y control. Un 63% a Entes del Estado que sólo en algunos casos tienen relación directa con los objetivos y finalidades de la ley y en otros no; pero que aún así, no considera necesario especificar la utilización de esos recursos.


¿Para qué se destinan esos fondos? Sólo para engrosar los presupuestos de esos Entes, sin que se le asigne una finalidad específica y sin control de parte de quien se los provee? (Los gobiernos cambian)


Quedaría un magro 4% para “proyectos especiales”.


¿Es decir que para que se cumplan los objetivos identificados como de “participación, promoción y producción” de esos “sujetos ideales sin fines de lucro” se destina sólo el 4% y condicionado?


Se les asegura el derecho de usufructuar el 33% del espectro, pero se le asigna sólo el 4% de lo recaudado.


La ley no parece ser magnánima con los pobres. ¿Cuáles son los criterios que ha llevado a esta decisión?


Creemos que es necesario exponerlos con absoluta claridad (para evitar malentendidos). Nosotros no lo hemos encontrado en el proyecto que llegó a nuestras manos.


En nuestra modesta opinión, la Ley, amén de garantizar derechos (ya garantizados por otras leyes) debería asegurarse que los beneficiarios de esos derechos estén en condiciones de poder ejercitarlos.


De no ser así, se caería una vez más en un mero ejercicio retórico, característico de esa democracia declamatoria y formal, con sutiles tintes de hipocresía.


Se trata –siempre en nuestra modesta opinión- de intentar que esta nueva ley sea el germen capaz de brindar los instrumentos necesarios para crear un organismo vivo. Un organismo que cuente con los medios indispensables para poder brindar a la Sociedad la posibilidad de ser sujeto de producción de sus propios bienes culturales.


Fundamentalmente los bienes de una información propia y democrática, en plena concordancia y conformidad con las premisas enunciadas en el título I del presente proyecto.


Creemos que por primera vez en nuestra historia se dan las condiciones políticas para que a nuestro pueblo se le brinde la oportunidad de acceder a los medios necesarios para ejercitar sus indiscutibles derechos.


Hace más de medio siglo, en el país se verificó una situación similar a la presente. También como hoy el pueblo reclamaba sus inalienables derechos a un bien primario.


Entonces era la tierra como hoy la información. Los millones de argentinos que soñábamos con la Justicia Social gritábamos si “la tierra será de quien la trabaja”.


La tentativa de concretar una incipiente reforma agraria fracasó rotundamente por falta de medios. Un rotundo fracaso que hizo retroceder el afán de lucha y de justicia de las masas populares, dando inicio a un proceso de despolitización y escepticismo general, abriendo las puertas al avance de las políticas neo-liberales, el entreguismo cipayo y a otras cosas peores, que todos conocemos.


Con el tiempo comprendimos que una ley que sólo garantice derechos no basta, no alcanza, no tiene la fuerza necesaria para transformar la realidad que pretende cambiar.


Si verdaderamente queremos democratizar el sistema, deberemos darle la posibilidad al Pueblo de participar activamente.


Debíamos saberlo, no hay verdadera democracia sin la participación activa de toda la sociedad. En nuestras manos está la decisión. Démosle una oportunidad.


Juan Carlos Cirilo D.N.I. 4.380.783

Miembro del grupo de estudiantes de la carrea de Ciencias de la Comunicación de la UNSa recluido en la Unidad Penal N° 1 de Salta.

trabajo práctico 1

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

TEORÍA Y PRÁCTICA DE LA FOTOGRAFÍA



TRABAJO PRÁCTICO NÚMERO 1

Fecha de entrega comisión 1 : Lunes 13 de abril (12-14 hs )
Fecha de entrega comisión 2: Martes 14 de Abril (18-20 hs )



Análisis del film “la crisis causó dos nuevas muertes”


- En relación a la posición del fotógrafo ante la realidad que lo rodea ¿Cuántos posicionamientos se vislumbran en la película?. Entiéndase por posicionamiento , la concepción de la función que debe tener un reportero gráfico ante hechos como los relatados en la película.

- En relación al texto de Berger , ¿ En qué medida la generación de imágenes se utilizan para generación de espectáculo , robo de la memoria , anulación del pensamiento crítico o como instrumentos de vigilancia y registro?.

- Leer los textos “El niño, el buitre y el cerdo” e indagar sobre la problemática ética de la fotografía ¿Qué paralelismo se podría encontrar en el film?.

- Analizando los artículos “Gran hermano, espejo de nuestra banalidad” y “La verdad y la fotografía”¿Qué ejemplos de la realidad mediática se pueden someter a esta lectura crítica? , ¿cómo informaron los medios de comunicación en la masacre de Avellaneda?.

- ¿Qué es lo que más te llamó la atención sobre lo que denuncia el documental?. Haciendo el ejercicio de analizarlo en dos partes , ¿Qué caracteriza a la primer parte y qué a la segunda parte?. ¿A dónde quieren llegar los directores del film?.

- Citar algún ejemplo actual de un uso tendencioso en los medios de comunicación ya sea en radio, televisión o prensa gráfica .